Requisitos del Kit Digital
Quién puede solicitarlo, en qué segmento entra tu empresa y qué documentación hace falta, para que llegues preparado en cuanto abra la próxima convocatoria.
¿Buscas el estado actual del programa? Consulta qué cambió con la Orden TDF/39/2026.
Quiero Solicitar mi Kit Digital¿Quién puede solicitar el Kit Digital?
Autónomos, pymes y medianas empresas
Desde autónomos sin personal hasta medianas empresas de 249 empleados, legalmente constituidas y de alta en España.
Al corriente de pagos
Sin deudas pendientes con Hacienda ni con la Seguridad Social.
Sin superar el límite de minimis
Que las ayudas públicas recibidas no superen el tope permitido por la normativa europea.
No estar en crisis
Según la definición de "empresa en crisis" de la normativa de ayudas de Estado.
Estos son los requisitos generales recogidos en las bases reguladoras del programa (Orden ETD/1498/2021 y sus modificaciones, la última de enero de 2026). Cada convocatoria concreta que publique Red.es puede añadir condiciones propias: te avisamos en cuanto se publiquen.
¿En qué segmento entra tu empresa?
El segmento se define por el número de empleados y determina el importe máximo de la ayuda. Estas son las cuantías vigentes en las bases reguladoras del programa, incluida la ampliación del segmento III de 2.000€ a 3.000€ y la incorporación de los segmentos IV y V para medianas empresas.
| Segmento | Empleados | Ayuda de referencia |
|---|---|---|
| III | 0-2 (incluye autónomos sin personal) | Hasta 3.000€ |
| II | 3-9 | Hasta 6.000€ |
| I | 10-49 | Hasta 12.000€ |
| IV | 50-99 (medianas empresas) | Hasta 25.000€ |
| V | 100-249 (medianas empresas) | Hasta 29.000€ |
¿Qué documentación necesitas?
- Certificado de estar al corriente de obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
- Datos de la empresa: CIF/NIF, forma jurídica y número de empleados
- Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT
- Firma del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización con tu agente digitalizador
Como Agente Digitalizador Autorizado, en SAPI reunimos y presentamos toda esta documentación por ti: no tienes que gestionar el papeleo por tu cuenta.
Preguntas frecuentes sobre los requisitos
¿Quién puede solicitar el Kit Digital?
Autónomos y pequeñas empresas legalmente constituidas en España, al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que no superen el límite de ayudas de minimis. El requisito de tamaño se mide por número de empleados: hasta 249, repartidos en cinco segmentos oficiales (del III para autónomos y microempresas al V para medianas empresas).
¿Los autónomos sin empleados pueden pedirlo?
Sí. Un autónomo sin personal a su cargo entra en el segmento III (0 a 2 empleados), el mismo que las microempresas más pequeñas.
¿Qué documentación se necesita para solicitarlo?
Entre otros: certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social, datos de la empresa (CIF/NIF, forma jurídica, número de empleados), y la firma del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización con el agente digitalizador elegido. Nosotros nos encargamos de reunir y presentar toda la documentación por ti.
¿Hay algún sector excluido del Kit Digital?
Quedan fuera, entre otros, el sector financiero y de seguros, las administraciones públicas y las empresas en crisis según la normativa europea de ayudas de Estado. Fuera de esas excepciones, el programa está abierto a la generalidad de autónomos y pymes.
¿Puedo solicitar el Kit Digital si ya lo pedí en una convocatoria anterior?
Depende de si ya agotaste el importe de tu segmento y de las condiciones concretas que publique la nueva convocatoria. Caso aparte: si presentaste solicitud y te la denegaron únicamente por agotamiento del crédito disponible, la Orden TDF/39/2026 permite que Red.es resuelva a tu favor con los fondos remanentes, sin que tengas que volver a solicitarlo.
¿Cuánto tarda el proceso desde que se aprueba la solicitud?
Una vez firmado el Acuerdo de Prestación, la implementación de la solución digital corre por cuenta del agente digitalizador, sin depender de nuevos plazos administrativos.
¿Se puede solicitar el Kit Digital ahora mismo?
A día de hoy no hay ninguna convocatoria con el plazo abierto: las últimas cerraron el 31 de octubre de 2025 (segmentos I, II y III) y el 30 de junio de 2025 (medianas empresas). La Orden TDF/39/2026 eliminó la fecha de caducidad del programa y obliga a reinvertir los fondos sobrantes, pero para que un solicitante nuevo pueda pedirlo hace falta que Red.es publique una convocatoria con sus propias fechas.
¿Cuántos empleados puede tener mi empresa como máximo?
Hasta 249. El programa cubre desde autónomos sin personal (segmento III) hasta medianas empresas de 100 a 249 empleados (segmento V), pasando por pequeñas empresas y pymes. A partir de 250 empleados la empresa deja de ser considerada pyme o mediana a efectos del programa y queda fuera.
¿Cumples los requisitos? Apúntate ya
Déjanos tus datos y preparamos tu solicitud para que la presentes el primer día en que Red.es abra la nueva convocatoria del Kit Digital.
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