Hacienda ha anunciado este 5 de octubre de 2026 que las obligaciones pendientes de Verifactu se trasladan a octubre de 2028.
Pero hay un matiz fundamental:
el cambio todavía no está publicado en el BOE.
A día de hoy, el Real Decreto 1007/2023 sigue estableciendo:
- Antes del 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- Antes del 1 de julio de 2027 para autónomos y resto de obligados.
Por tanto, conviene distinguir entre la fecha anunciada por Hacienda y la fecha que actualmente tiene valor legal. Texto pegado
Lo esencial en 30 segundos
- Qué ha pasado: Hacienda ha anunciado que las obligaciones pendientes de Verifactu pasan a octubre de 2028.
- Por qué: quiere hacer coincidir el calendario con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.
- Qué dice el BOE hoy: siguen vigentes las fechas de 2027.
- Qué se ha publicado: la Orden HAC/1028/2026 pone en marcha los plazos de la factura electrónica, pero no modifica Verifactu.
- Qué no cambia: los requisitos técnicos que debe cumplir el software de facturación. Texto pegado
¿Cuándo entra en vigor Verifactu?
A día de hoy, hay que manejar dos calendarios.
| Quién | Fecha vigente en el BOE | Fecha anunciada por Hacienda |
|---|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | Antes del 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| Autónomos y resto de obligados | Antes del 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
La columna que actualmente tiene valor legal es la del BOE.
La fecha de octubre de 2028 tendrá ese valor cuando se publique la norma que modifique la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023. Texto pegado
Qué ha anunciado Hacienda exactamente
El Ministerio de Hacienda ha difundido una nota informativa en la que comunica el aplazamiento hasta octubre de 2028 de las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023.
El objetivo declarado es alinear Verifactu con la factura electrónica obligatoria, tanto desde el punto de vista normativo como técnico.
La nota adelanta además dos cuestiones importantes.
Habrá más cambios
Una vez alineados los calendarios, Hacienda prevé abordar otra modificación para aproximar:
- los ámbitos de aplicación;
- determinados aspectos técnicos;
- y los requisitos de reporte digital derivados de la normativa europea.
Los principios técnicos se mantienen
Hacienda indica que seguirán existiendo requisitos sustancialmente equivalentes en materia de:
- integridad;
- conservación;
- accesibilidad;
- legibilidad;
- trazabilidad;
- inalterabilidad.
Es decir:
se mueve el calendario, pero no desaparece el objetivo de controlar la integridad de los sistemas de facturación. Texto pegado
Qué dice hoy el BOE
Este es el punto que conviene revisar antes de tomar cualquier decisión.
El texto consolidado del Real Decreto 1007/2023 todavía no recoge el aplazamiento a octubre de 2028.
La norma publicada el 5 de octubre de 2026 es la Orden HAC/1028/2026, relacionada con la solución pública de factura electrónica.
Esa orden:
no modifica Verifactu.
Por tanto, la conclusión práctica es:
El aplazamiento a octubre de 2028 está anunciado, pero todavía no es la fecha legal vigente.
Hasta que se publique la modificación correspondiente, las fechas del BOE continúan siendo las de 2027. Texto pegado
Por qué aparece octubre de 2028
La fecha está vinculada al calendario de la factura electrónica obligatoria.
La Orden HAC/1028/2026 entra en vigor el 6 de octubre de 2026, y desde ese momento comienzan a contar determinados plazos relacionados con la Ley Crea y Crece y su desarrollo reglamentario.
Según la comunicación de Hacienda, Verifactu se pretende hacer coincidir con la obligación de factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.
De ahí surge octubre de 2028 como nueva referencia anunciada. Texto pegado
Cronología de los aplazamientos de Verifactu
El calendario ha cambiado varias veces.
| Fecha | Norma o comunicación | Plazo resultante |
|---|---|---|
| 5 octubre 2026 | Nota informativa de Hacienda | Octubre de 2028, pendiente de BOE |
| 3 diciembre 2025 | Real Decreto-ley 15/2025 | Enero y julio de 2027 |
| 2 abril 2025 | Real Decreto 254/2025 | Enero y julio de 2026 |
| 6 diciembre 2023 | Real Decreto 1007/2023 original | 1 de julio de 2025 |
El aplazamiento anunciado ahora sería, por tanto, un nuevo cambio de calendario. Texto pegado
Verifactu y factura electrónica no son lo mismo
Es fácil confundirlos porque Hacienda quiere hacer coincidir sus calendarios.
Pero son obligaciones diferentes.
| Verifactu | Factura electrónica obligatoria | |
|---|---|---|
| Normativa principal | Real Decreto 1007/2023 | Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 |
| Qué regula | El software utilizado para emitir facturas | El formato de las facturas entre empresas y profesionales |
| Qué exige | Registros íntegros, trazables e inalterables | Emitir y recibir facturas electrónicas y comunicar su pago |
| Finalidad | Evitar manipulación de datos de facturación | Reducir morosidad y digitalizar la facturación |
En otras palabras:
Verifactu mira cómo funciona tu programa de facturación.
La factura electrónica mira cómo intercambias las facturas con otras empresas y profesionales. Texto pegado
A quién afecta Verifactu
Según el reglamento, afecta a quienes utilizan sistemas informáticos de facturación, aunque sea únicamente para una parte de su actividad.
Entre otros:
- Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- Autónomos que desarrollan actividades económicas.
- Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.
- Entidades en régimen de atribución de rentas con actividad económica.
- Fabricantes y comercializadores de sistemas informáticos de facturación.
Existen excepciones.
Por ejemplo, determinados contribuyentes que ya llevan sus libros mediante la sede electrónica de la Agencia Tributaria bajo el sistema previsto en el Reglamento del IVA.
También existen particularidades para País Vasco y Navarra. Texto pegado
Qué exige Verifactu a un programa de facturación
Aunque cambie la fecha de obligatoriedad para determinados usuarios, los requisitos técnicos continúan siendo importantes.
El software debe contemplar, entre otras cosas:
Registro por cada factura
Al emitir una factura, el sistema genera automáticamente un registro de facturación.
Inalterabilidad
Los registros no pueden modificarse de manera invisible.
Las correcciones deben quedar documentadas mediante registros posteriores.
Trazabilidad
Los registros se encadenan y se identifican mediante mecanismos como huellas digitales o hash.
Conservación y exportación
El sistema debe conservar los registros y permitir su descarga en formatos legibles.
Registro de eventos
Determinadas acciones e incidencias deben quedar registradas automáticamente.
Código QR
Las facturas deben incorporar el código QR previsto por la normativa.
Declaración responsable
El fabricante del software debe incorporar la declaración responsable correspondiente. Texto pegado
¿Hay que enviar todas las facturas a Hacienda?
No.
Esta es una confusión bastante frecuente.
El reglamento establece que la remisión automática de los registros a la Agencia Tributaria es voluntaria.
Cuando una empresa opta por hacerlo utiliza un Sistema de emisión de facturas verificables, conocido como sistema VERI*FACTU.
En ese caso:
- los registros se remiten automáticamente;
- las facturas incorporan la mención correspondiente;
- y el sistema tiene determinadas particularidades técnicas.
Pero utilizar un programa adaptado no significa necesariamente enviar automáticamente todas las facturas a Hacienda. Texto pegado
¿Los fabricantes de software también tienen hasta 2028?
No.
Su situación es distinta.
El plazo concedido a los fabricantes para comercializar productos plenamente adaptados ya venció.
La Orden HAC/1177/2024 entró en vigor el 29 de octubre de 2024 y el plazo de nueve meses terminó el 29 de julio de 2025.
Para una pyme esto tiene una consecuencia muy práctica:
el software que se comercializa actualmente ya debería estar preparado para los requisitos de Verifactu, con independencia de cuándo sea obligatorio utilizarlo. Texto pegado
¿Hay sanciones?
Sí.
La Ley General Tributaria contempla infracciones relacionadas con:
- fabricación;
- producción;
- comercialización;
- y tenencia
de sistemas informáticos de facturación que no cumplan las especificaciones exigidas.
Por eso el aplazamiento no debería interpretarse como que Verifactu ha desaparecido.
La obligación puede moverse en el calendario, pero los requisitos del software siguen siendo relevantes. Texto pegado
Qué hacer ahora si eres pyme o autónomo
El anuncio de Hacienda da más tiempo, pero no significa que haya que abandonar lo que ya esté hecho.
1. No des octubre de 2028 por definitivo todavía
Hasta que se publique la modificación en el BOE, las fechas legales siguen siendo las de 2027.
2. No desactives un sistema ya adaptado
Si tu programa ya cumple con Verifactu, mantenerlo no te perjudica.
Al contrario: ya tienes adelantado trabajo que seguirá siendo necesario.
3. Si estabas cambiando de software, no canceles el proyecto automáticamente
Replantéalo.
Pregunta al proveedor cómo piensa cubrir tanto:
Verifactu
como
factura electrónica obligatoria.
Hacienda quiere acercar ambos sistemas.
4. Prepárate para posibles cambios técnicos
El Ministerio ya ha anticipado que se revisarán ámbitos y aspectos técnicos.
Por eso interesa trabajar con un proveedor que mantenga el producto actualizado.
5. Consulta tu caso concreto con tu asesoría
La fiscalidad, el régimen tributario y el tipo de actividad pueden modificar cómo encaja cada obligación en tu empresa. Texto pegado
Preguntas frecuentes sobre el aplazamiento de Verifactu
¿Es oficial el aplazamiento a 2028?
Está anunciado oficialmente por Hacienda mediante una nota informativa del 5 de octubre de 2026.
Pero a esa fecha todavía no está incorporado al BOE.
¿Cuál es entonces la fecha de Verifactu?
Fecha anunciada: octubre de 2028.
Fecha actualmente vigente en el BOE:
- antes del 1 de enero de 2027 para sociedades;
- antes del 1 de julio de 2027 para el resto.
¿Puedo utilizar ya un programa preparado para Verifactu?
Sí.
No necesitas esperar hasta la fecha de obligatoriedad.
¿Verifactu obliga a enviar todas las facturas a Hacienda?
No.
El envío automático de registros corresponde al sistema VERI*FACTU y es una opción prevista dentro del reglamento.
¿Verifactu y factura electrónica son lo mismo?
No.
Verifactu regula principalmente el software y los registros de facturación.
La factura electrónica obligatoria regula cómo se emiten e intercambian las facturas entre empresas y profesionales.
¿Se aplica en País Vasco y Navarra?
El reglamento contempla las particularidades de los territorios forales y se aplica en los términos indicados para obligados con domicilio fiscal en territorio común.
¿Cuántas veces se ha aplazado?
El BOE recoge dos cambios anteriores de calendario.
El aplazamiento anunciado el 5 de octubre de 2026 sería el siguiente cuando se incorpore formalmente a la normativa. Texto pegado
Hacienda ha anunciado que Verifactu se aplaza hasta octubre de 2028.
Pero hoy hay dos fechas que no deben confundirse:
Octubre de 2028 → fecha anunciada.
2027 → fecha actualmente vigente en el BOE.
La modificación todavía tiene que publicarse.
Mientras tanto, los requisitos técnicos del software de facturación siguen siendo relevantes y los fabricantes ya deberían comercializar soluciones adaptadas.
Para una pyme o autónomo, la estrategia más razonable no es detener la digitalización.
Es utilizar el tiempo adicional para asegurarse de que su sistema pueda adaptarse tanto a Verifactu como a la factura electrónica obligatoria.
En SAPI seguimos el calendario por ti
En SAPI desarrollamos software propio para pymes y seguimos de cerca los cambios normativos que afectan a los procesos de facturación y gestión empresarial.
Cuando se publique en el BOE la modificación que formalice el nuevo calendario, actualizaremos esta información.
Si estás revisando tu software de gestión, facturación o automatización, podemos estudiar contigo qué cambios tiene sentido preparar ahora y cuáles conviene esperar.
Cuéntanos qué software utilizas y revisamos contigo cómo prepararte para Verifactu y factura electrónica.
Fuentes
- Real Decreto 1007/2023.
- Real Decreto 254/2025.
- Real Decreto-ley 15/2025.
- Orden HAC/1028/2026.
- Orden HAC/1177/2024.
- Nota informativa del Ministerio de Hacienda de 5 de octubre de 2026.
Información actualizada a 5 de octubre de 2026. El aplazamiento hasta octubre de 2028 ha sido anunciado por Hacienda, pero a la fecha de publicación todavía no está incorporado al BOE. Para decisiones fiscales o jurídicas concretas, consulta con tu asesoría.